El primer lunes de mayo entraron en vigor las sanciones por la DGT a favor de parar la contaminación de la capital española.
¿En qué consisten dichas sanciones?
Los turismos más contaminantes tienen prohibida la circulación en los barrios del interior de la M-30 de Madrid*. Ya hay 15 cámaras situadas en varios semáforos de la zona controlando y sancionando a los vehículos mencionados.
Los afectados de esta nueva restricción puesta en marcha por el Ayuntamiento de Madrid son los turismos con clasificación ambiental A (vehículos diésel matriculados antes del año 2006 y vehículos gasolina matriculados antes del año 2000). Quedan excluidos de estas multas, de momento, los vehículos de residentes que estén registrados previamente en el sistema de accesos a Madrid Zona de Bajas Emisiones.
Se suman a esta exclusión los vehículos A que no sean turismos (camiones, furgonetas, motocicletas, ciclomotores, salvo las limitaciones establecidas para las ZBEDEP Distrito Centro y Plaza Elíptica) ni a los vehículos que tengan reconocida la consideración de históricos conforme a la normativa correspondiente (Reglamento de Vehículos Históricos).
En su lugar, los vehículos que SÍ pueden circular y estacionar por la zona interior de la M-30 son los clasificados con la etiqueta B, C, Cero y ECO.
¿Aumentarán las restricciones de cara al futuro?
El calendario del consistorio madrileño contempla diferentes fases que afectan a los vehículos más contaminantes.
A partir del 1 de enero de 2023 los vehículos sin etiqueta de la DGT tendrán prohibido el acceso y circulación por la M-30. A partir del 1 de enero de 2024, esta prohibición se extenderá a todas las vías públicas urbanas del municipio de Madrid.
El siguiente paso llegará en 2025, momento en el que la prohibición se extiende también para los turismos sin etiqueta domiciliados en Madrid y que figuren de alta en el padrón del IVTM del Ayuntamiento de Madrid.